¿Qué dice el decreto de restricción de circulación? ¿Qué pasa si no lo cumplís?
Te dejamos el DNU para que sepas bien de qué se trata.

Finalmente, el DNU que propone restricciones a las provincias y se decidió no incluir un horario en el decreto, para que quede a criterio de cada zona. Pero, ¿qué dice el decreto de restricción de circulación?
El artículo 1° del decreto llama a "adoptar medidas de limitación de la circulación" cuando se cumplan dos "parámetros sanitarios" específicos.
El primero es "la razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos catorce (14) días y el número de casos confirmados acumulados en los catorce(14) días previos, sea superior a uno coma veinte (1,20)".
El segundo, "la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos catorce (14) días por cien mil (100.000) habitantes, sea superior a ciento cincuenta (150)".
¿Cuáles son las nuevas medidas?
El Decreto 2021-4-APN-PTE - Condición Epidemiológica y Evaluación de Riesgo establece:
El Gobierno establecerá una tabla de riesgo epidemiológico en la cual se sugerirá qué reglas deberían tomar según el estado en el que esté cada jurisdicción.
- La incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos CATORCE (14) días por CIEN MIL (100.000) habitantes, sea superior a CIENTO CINCUENTA(150).
- ARTÍCULO NOCTURNIDAD. SITUACIONES QUE FAVORECEN LA CIRCULACIÓN DEL VIRUS. Observando la dinámica de la transmisión de los nuevos contagios del virus SARS-CoV2,las autoridades provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con el objetivo de evitar situaciones que puedan favorecer su propagación, deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno, dado que, a partir de la experiencia nacional e internacional, se ha podido establecer que las actividades que conllevan alto riesgo de transmisión son las que implican contacto estrecho prolongado en espacios cerrados con escasa ventilación o abiertos que involucran la concentración de personas, dificultan el uso de tapabocas/ nariz y el mantenimiento dela distancia física.
¿Se necesita permiso para la circulación nocturna?
En aquellas provincias donde se tome la decisión de ejecutar el toque de queda sanitario sólo podrán circular en la franja horaria establecida trabajadores y trabajadoras esenciales y aquellas personas en casos de urgencia, por ejemplo urgencias médicas.
¿Qué pasa si violo el toque de queda nocturno?
Quienes no respeten las restricciones de cada jurisdicción podrían recibir sanciones incluidas los artículos 202, 203 y 205 del Código Penal Argentino.
- ARTICULO 202. - Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.
- ARTICULO 203. - Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) años.
- ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.