DNU: Distanciamiento social hasta el 28 de febrero y con clases presenciales
Así lo anunciaron este fin de semana desde el gobierno.

El Gobierno oficializó la extensión en todo el país del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) por la pandemia del coronavirus desde el 1º de febrero y hasta el 28 del mismo mes, y se priorizará el retorno de las clases presenciales en todas las provincias, informaron a Télam fuentes oficiales.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) se publicó este fin de semana y dispondrá el inicio de clases con presencialidad de docentes y alumnos, medida que se instrumentará de acuerdo a los parámetros del Consejo Federal de Educación.
En relación con el retorno a clases, serán las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las que definirán los detalles de la efectiva reanudación del ciclo lectivo y, eventualmente, su suspensión de acuerdo con la evolución epidemiológica.
Por otro lado, el DNU ratifica que ningún aglomerado urbano, ni departamento, ni partido de cualquiera de las provincias argentinas, se encuentra en la actualidad bajo Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).
A través del decreto presidencial se dispondrá que habrá libre circulación por todo el territorio del país, aunque los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán reglamentarla estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas, señalaron las fuentes.
En cuanto a las actividades esenciales, se mantendrán tal como estaban siendo realizadas hasta ahora, y se podrán desarrollar de acuerdo a los protocolos aprobados.
Así, podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria de cada una de las jurisdicciones (según las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional).
- El máximo de uso de los espacios cerrados será al 50 por ciento de su capacidad, mientras que para los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) será del 30%.
- Seguirán prohibidos los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre.
- Tampoco se permitirán eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas; ni la práctica de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros.
- La actividad de cines, teatros, clubes y centros culturales seguirá prohibida.
- El servicio público de transporte urbano de pasajeros en AMBA sólo permanecerá habilitado para las personas afectadas a los servicios públicos esenciales y para quienes se encuentren expresamente habilitados para su uso.
A su vez, el Ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas: esta intervención se concretará a petición de gobernadores y gobernadoras.